¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve? A informarte acerca de esta cuestión dedicaremos el post de esta semana. En el ámbito del Derecho Penal, las agresiones físicas se clasifican según su gravedad, no solo por el daño causado, sino también por el impacto legal que conllevan.

Uno de los conceptos que a menudo genera confusión es el maltrato de obra leve, un delito que, a pesar de su aparente menor gravedad, tiene consecuencias legales y se encuentra claramente definido en nuestro Código Penal.

El delito de maltrato de obra leve está regulado en el Artículo 147.3 del Código Penal. Es una infracción penal que ocurre cuando una persona ejerce una agresión física sobre otra, pero sin llegar a causarle una lesión que requiera de tratamiento médico o quirúrgico para su curación.

¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve? Más allá de la apariencia

Uno de los conceptos que a menudo genera confusión es el maltrato de obra leve, un delito que, a pesar de su aparente menor gravedad, tiene consecuencias legales y se encuentra claramente definido en nuestro Código Penal.

Esta confusión nace de la percepción popular de que una agresión física solo es un delito si deja una marca visible, una herida o una lesión que requiera puntos o un tratamiento médico extenso. Un empujón, un tirón de pelo o una bofetada sin heridas graves se perciben como un simple altercado, no como una infracción penal.

¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve?

Sin embargo, el ordenamiento jurídico español es claro: el delito de maltrato de obra leve, tipificado en el Artículo 147.3 del Código Penal, se centra en el acto de agresión en sí mismo, no en la gravedad de sus consecuencias. Lo que se castiga no es la lesión, sino el simple hecho de golpear o maltratar a otra persona sin necesidad de que el acto produzca un daño que requiera asistencia médica.

Este delito no es una mera «falta» (figura ya extinta), sino un auténtico delito leve que conlleva consecuencias directas. Su comisión puede resultar en una condena con pena de multa y, lo más importante, la generación de antecedentes penales. Este registro puede tener repercusiones en el futuro de una persona, por lo que es un asunto que debe tomarse con la máxima seriedad y no considerarse un simple incidente sin importancia. El proceso judicial, aunque rápido a través de un juicio por delito leve, requiere de una defensa especializada para garantizar la protección de todos los derechos del investigado.


Diferencias entre delito de maltrato de obra leve y el delito de lesiones

Para entender bien este delito, es fundamental distinguirlo de otros más graves, como el delito de lesiones. La clave está en el resultado de la acción:

  • Delito de Lesiones (Artículo 147.1 del CP): La agresión produce una lesión que sí necesita una primera asistencia facultativa, además de un tratamiento médico o quirúrgico para su sanación. Por ejemplo, una herida que requiere puntos de sutura.
  • Delito de Maltrato de Obra Leve (Artículo 147.3 del CP): La agresión no deja una lesión o, en su caso, la lesión no requiere de un tratamiento médico o quirúrgico. Un empujón, un puñetazo que no cause herida, un tirón de pelo o un bofetón sin mayores consecuencias son ejemplos claros. La acción es de menor entidad, pero aun así es punible.

Características y consecuencias del delito de maltrato de obra leve

Este delito se castiga con una pena leve, que generalmente es una multa que puede ir de uno a dos meses, calculada basándonos en la situación económica de la persona condenada. En casos de reincidencia, la pena puede ser más alta.

Es importante destacar que el maltrato de obra leve puede tener una consideración especial en el ámbito de la violencia de género. Si la agresión se produce sobre quien es o ha sido cónyuge, pareja sentimental o persona unida por relación de afectividad, la ley no lo consideraría un delito leve, sino que sería castigado con penas más severas, reflejando el compromiso del ordenamiento jurídico español en la protección de las víctimas de violencia machista.

El Maltrato de obra leve en el ámbito de la Violencia de Género

Es importante destacar que el maltrato de obra leve puede tener una consideración especial en el ámbito de la violencia de género. Esta afirmación no solo es correcta, sino que refleja un principio fundamental en el ordenamiento jurídico español: la protección reforzada a las víctimas de violencia en el ámbito familiar y de pareja.

La misma agresión física que en un contexto común se clasificaría como un delito leve (castigado con una multa) cambia radicalmente de consideración si se comete en un entorno de violencia machista.


De delito leve a delito menos grave

El maltrato de obra leve tipificado en el Artículo 147.3 del Código Penal solo se aplica a agresiones entre personas que no mantienen una relación de afectividad. Sin embargo, cuando esta misma acción se realiza sobre una persona que es o ha sido cónyuge, pareja sentimental o persona unida por una relación de afectividad, el caso deja de ser un delito leve.

Esta distinción es de vital importancia, ya que implica un cambio drástico en las consecuencias legales. Mientras que el delito leve se castiga con una pena de multa, el delito de maltrato de obra en el contexto de violencia de género conlleva penas mucho más severas:

  • Pena de prisión de seis meses a un año.
  • Alternativamente, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
  • Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de uno a tres años.

Además, en estos casos, los procedimientos judiciales se tramitan en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que aplican un protocolo específico y suelen dictar de oficio una orden de alejamiento, prohibiendo al agresor acercarse a la víctima y comunicarse con ella.

En conclusión, el Derecho Penal español considera que la agresión física en el seno de una relación de pareja es de una gravedad intrínseca que va más allá del daño físico causado. La ley busca penalizar el acto de violencia en sí mismo, entendiendo que vulnera la integridad y dignidad de la víctima de forma más profunda, y por ello aplica penas más severas para proteger a quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.


Procedimiento Judicial

El delito de maltrato de obra leve se tramita a través de un juicio por delito leve, un procedimiento rápido y sencillo que se celebra en los Juzgados de Instrucción. La denuncia de la víctima es fundamental para que el proceso se inicie, dado que es un delito que se persigue a instancia de parte.

¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve? Te lo explica esta firma de Abogados especialistas en delito de maltrato de obra leve en Vitoria

En resumen, el delito de maltrato de obra leve es un claro ejemplo de que la ley castiga cualquier forma de agresión física, por mínima que sea, para proteger la integridad personal. Aunque su pena es leve, es un recordatorio de que cualquier acto de violencia puede acarrear consecuencias penales, y la asistencia legal es vital para entender y afrontar el proceso.


Abogados especialistas en delito de maltrato de obra leve en Vitoria

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Preguntas Frecuentes sobre el Delito de Maltrato de Obra Leve

¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve? Preguntas Frecuentes sobre el Delito de Maltrato de Obra Leve

¿Qué se considera maltrato de obra leve? ¿Qué es el delito de Maltrato de Obra Leve?

Según el Código Penal, es cualquier agresión física que no causa una lesión que requiera tratamiento médico o quirúrgico. Se trata de un acto de menor gravedad, pero que aun así es punible.

¿Es lo mismo que el delito de lesiones?

No, la diferencia clave es el resultado. El delito de lesiones se produce cuando la agresión causa un daño que requiere un tratamiento médico posterior, mientras que el maltrato de obra leve no lo necesita.

¿Qué pena tiene este delito?

La pena habitual para un delito de maltrato de obra leve es una multa de uno a dos meses, cuya cuantía se determina en función de la situación económica de la persona condenada.

¿Cómo se tramita judicialmente?

Este tipo de delito se juzga en un procedimiento rápido conocido como «juicio por delito leve», que se lleva a cabo en los Juzgados de Instrucción.

¿Qué sucede si el delito se comete en el ámbito de la violencia de género?

En estos casos, la ley no lo considera un delito leve. Las agresiones físicas, por muy leves que sean, son castigadas con penas más graves si se cometen sobre un cónyuge o pareja sentimental, incluso si la relación ha terminado.

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