Somos Especialistas en Delito de Administración desleal en Vitoria Gasteiz. Por eso, si este apartado te preocupa, te vamos a explicar paso a paso en qué consiste este delito, al objeto de lograr tu mejor comprensión del mismo. No obstante, como sabes, puede ocurrir que aparezcan dudas —es lo normal en una lectura de este tipo— que tengan que ver con la forma en que encaja toda esta información que te vamos a aportar en tu caso en particular. Si esto te preocupa, ponte en contacto con nosotros y resolveremos las mismas:
Y ahora sí, vamos a avanzar con el tema que nos ocupa.
Especialistas en Delito de Administración desleal en Vitoria Gasteiz
Lo que tú querrás saber, con seguridad, es en qué consiste exactamente este delito. Vamos a ello:
¿Qué es el delito de administración desleal?
El delito de administración desleal está tipificado en el Código Penal español y se refiere a la gestión fraudulenta o negligente de los bienes o intereses de una sociedad o empresa por parte de los administradores o representantes legales.
Según el artículo 252 del Código Penal español, se considera administración desleal el acto de disponer de los bienes de la sociedad en beneficio propio o de terceros, el uso de información privilegiada, la realización de operaciones que causen perjuicio a la sociedad o a sus acreedores, la omisión de obligaciones legales o estatutarias, o la aprobación de acuerdos o decisiones contrarias a los intereses de la sociedad.
El delito de administración desleal se castiga con penas de prisión de entre seis meses y cuatro años, y multas de hasta el triple del beneficio obtenido o del perjuicio causado. Además, el administrador o representante legal condenado puede ser inhabilitado para el ejercicio de cargos de administración o representación de sociedades por un período de hasta quince años.
¿Cómo actuar si me acusan de un delito de administración desleal?
La administración desleal es un delito que se encuentra regulado en el Código Penal español en el artículo 252. Este delito se comete cuando una persona encargada de la administración de una empresa o entidad, actúa con deslealtad y en su propio beneficio, en detrimento de la empresa o entidad que se le ha confiado.
La administración desleal puede cometerse de diversas maneras, como por ejemplo, mediante la realización de operaciones fraudulentas que causen perjuicios a la empresa, la apropiación indebida de bienes o activos, o la realización de contratos o acuerdos que favorezcan a la persona encargada de la administración en perjuicio de la entidad.
El delito de administración desleal puede ser cometido por cualquier persona que tenga encomendada la administración de una empresa o entidad, ya sea como administrador, director, gerente, consejero, síndico o cualquier otra posición que implique la toma de decisiones en el seno de la entidad.
La pena establecida para este delito en el Código Penal español es de prisión de 6 meses a 4 años, así como una multa que oscila entre los 3 y los 24 meses. En los casos en que el perjuicio causado a la entidad sea especialmente grave, la pena de prisión puede llegar hasta los 6 años.
Además, el Código Penal español establece que la persona condenada por un delito de administración desleal deberá indemnizar a la entidad perjudicada por los daños y perjuicios causados.
Para que se pueda considerar que se ha cometido un delito de administración desleal, es necesario que se cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, debe existir una posición de administración o dirección en la entidad. En segundo lugar, debe haber existido una actuación desleal por parte de la persona encargada de la administración, que haya causado un perjuicio a la entidad. Y, por último, es necesario que exista una relación de causalidad entre la actuación desleal y el perjuicio causado.
En conclusión, el delito de administración desleal es un delito que se comete cuando una persona encargada de la administración de una empresa o entidad actúa con deslealtad y en su propio beneficio, en detrimento de la entidad que se le ha confiado. Este delito está castigado con penas de prisión y multas, así como la obligación de indemnizar a la entidad perjudicada. Es necesario que se cumplan ciertos requisitos para que se pueda considerar que se ha cometido este delito, como la existencia de una posición de administración o dirección, una actuación desleal que cause un perjuicio y una relación de causalidad entre ambas.
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